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FONDO PARA TRABAJADORES EXCLUIDOS

IMPORTANTE: DOCUMENTACION SOBRE IMPUESTO DE INGRESOS

Tenga en cuenta que los beneficios recibidos por el Fondo para Trabajadores Excluidos del departamento de labores del estado de Nueva York estan sujetos a pago de impuestos sobre sus ingresos federales y estatales (los cuales fueron extraidos previamente).  El departamento de labores del estado de Nueva York le proveera mas informacion de como acceder estos documentos importantes en las proximas semanas. Visite el sitio dol.ny.gov/ewf y su modo preferido de contacto elegido para mantenerse informado.

ATENCIÓN

A todos los que solicitaron y aquellos que estaban pendientes de escuchar acerca de su solicitud al Fondo de Trabajadores Excluidos

Los administradores del programa EWF del estado de Nueva York comunica lo siguiente:

 

Todo el dinero del fondo ha sido distribuido completamente. Todas las peticiones han sido tramitadas en el orden que fueron recibidas. Aunque más de ciento veinte mil (120,000) Neoyorquinos recibieron alivio necesario por causas de la pandemia por un total de dos mil millones ($2,000,000), el monto total autorizado por la legislatura ha sido completamente asignado. No hay fondos adicionales para completar todas las peticiones.

Así mismo, aquellas peticiones que llegaron después  de acabarze el fondo, recibirán aviso indicando que su petición ha sido negada empezando el 6 de diciembre del 2021. Ya que ésta determinación es basada en la falta de fondos asignados por el estatuto del EWF y no el contenido de la petición, estos individuos no podrán apelar al departamento de labores a que revisen su decisión.

Como se acerca el cierre del programa, el portal y sitio red del Fondo de Trabajadores Excluidos del estado de Nueva York cesara de operar el jueves, 30 de diciembre del 2021 a las 7 pm. Después de esta fecha, los usuarios no podrán entrar a sus cuentas. Agentes por vía telefónica seguirán operando hasta el cierre de negocios el viernes 17 de diciembre del 2021.

Si alguna otra agencia o entidad se comunicara con los solicitantes pidiendo dinero o solicitara información personal para ayudarlos en aprobar la solicitud negada, por favor llame al (800) 771-7755 y repórtelo al procurador general del estado de Nueva York.

El Fondo para Trabajadores Excluidos (EWF, por sus siglas en inglés) provee ayuda financiera a los neoyorquinos que sufrieron pérdida de ingresos durante la pandemia de COVID-19 y no fueron incluidos en los diversos programas federales de asistencia, incluyendo los beneficios por desempleo y por pandemia. Los neoyorquinos pueden suscribirse para recibir novedades sobre el EWF en: on.ny.gov/ewfsubscribe.

Se prevée que el proceso de solicitud para los trabajadores que deseen recibir fondos del EWF iniciará acceptacion de aplicaciones en agosto de 2021. Para presentar su solicitud cuando la opción esté habilitada, visite ewf.labor.ny.gov.

Puede usar un dispositivo móvil o una computadora para enviar su solicitud, que estará disponible en 13 idiomas distintos. Se recomienda fuertemente a los solicitantes que presenten sus solicitudes por internet. No se aceptarán solicitudes por correo postal. Si necesita ayuda para presentar su solicitud, el estado de Nueva York se ha asociado con organizaciones comunitarias de confianza para brindarle la ayuda que necesite. La Comision de Oportunidad Economica del condado de Nassau (EOC of Nassau County, Inc.) esta a sus ordenes para brindarle la ayuda que necesita y llenar la aplicacion una sola vez, correctamente y le ayudara a protejer sus documentos. Llamenos al (516) 292-9710 y haga una cita con uno de nuestros expertos para asegurarse de que llenara todos los requisitos necesarios.

800-662-1220 TTY/TTD – Inglés

877-662-4886 TTY/TTD – Español

Para calificar y ser elegibles para recibir fondos del programa EWF, los solicitantes deben demostrar que cumplen los siguientes requisitos:

1. Haber vivido en el estado de Nueva York antes del 27 de marzo de 2020 y seguir viviendo en el estado de Nueva York;

2. No ser elegible para, y no haber recibido, seguro de desempleo, o cualquier otro tipo de asistencia para ingresos por COVID-19, u otros beneficios específicos del gobierno estatal o federal;

3. Haber ganado menos de $26,208 en los 12 meses previos a abril de 2021; y

4. Haber perdido por lo menos el 50% de sus ingresos semanales, ya sean laborales o del hogar, en cualquier momento entre el 23 de febrero de 2020 y el 1 de abril de 2021, debido a desempleo total o parcial, o a la incapacidad o falta de disponibilidad para trabajar debido a la pandemia de COVID-19, o haberse convertido en responsable de la mayor parte de los ingresos de su hogar debido a la muerte o incapacidad del jefe de familia.

Los solicitantes deben empezar a reunir los siguientes documentos, que pueden usar para comprobar su identidad, residencia y elegibilidad laboral.

 

Recuerde: Los solicitantes pueden entregar los mismos documentos para comprobar su identidad y su residencia. Por lo menos uno de los documentos para comprobar su identidad o su residencia debe incluir la fotografía del solicitante, y uno debe incluir la fecha de nacimiento del solicitante.

 

Todos los documentos entregados deben estar:

• Certificados por la agencia emisora

• Vigentes (excepto cuando se indique lo contrario más adelante)

• En inglés, o acompañados por una traducción certificada al inglés

• En buenas condiciones, sin mutilaciones ni daños

Los solicitantes deben entregar uno o más de los siguientes documentos. A cada documento se le asigna un valor en puntos, y todos los solicitantes deben establecer 4 puntos o más. Deben cumplirse todos los requisitos anteriores para la aprobación.

 

• Licencia de conducir del estado de NY (4 puntos)

• Tarjeta de identificación de no conductor del estado de NY (4 punto)

• Pasaporte de Estados Unidos (4 puntos)

• Tarjeta IDNYC (4 puntos) - (las tarjetas que vencieron en 2020 son válidas hasta el final de 2021. Las tarjetas que vencen en 2021 son válidas durante el período de renovación de un año después de su fecha de vencimiento).

• Pasaporte extranjero (3 puntos) 

• Permiso de aprendiz del estado de NY expedido por el DMV del estado de NY (3 puntos)

• Tarjeta de identificación militar de EE. UU. (3 puntos)

• Tarjeta de identificación con fotografía expedida por un gobierno local en el estado de NY, por una agencia gubernamental del estado de NY o por el gobierno federal (3 puntos)

• Tarjeta de identificación con fotografía de una institución de educación superior del estado de NY (3 puntos)

• Identificación con fotografía de paciente interno del estado de NY, expedida por la Oficina de Salud Mental (2 puntos)

• Pasaporte vencido de Estados Unidos o extranjero (cuyo vencimiento haya ocurrido como máximo dos años antes) (2 puntos)

• Licencia de conducir extranjera vencida (cuyo vencimiento haya ocurrido como máximo dos años antes) (2 puntos)

• Documentos expedidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): registro de entrada/salida (I-94) o aviso de acción (I-797; I-797A; I-797D) (2 puntos)

• Carta de asignación de un número de identificación de contribuyente individual (ITIN) (2 puntos)

• Acta de matrimonio (1 punto)

• Sentencia de divorcio (1 punto)

• Tarjeta de membresía de Parques y Recreación de la Ciudad de NY (1 punto)

• Acta de nacimiento expedida por un país extranjero (1 punto)

• Tarjeta de identificación con fotografía expedida en el extranjero (1 punto)

• Diploma o historial académico de una escuela secundaria o universidad de Estados Unidos (1 punto)

• Tarjeta de identificación sin fotografía expedida por un gobierno local en el estado de NY, por una agencia gubernamental del estado de NY o por el gobierno federal (1 punto)

• Tarjeta de identificación con fotografía de un empleador (1 punto)

• Tarjeta de identificación con fotografía expedida por una organización de caridad registrada con la Oficina de Organizaciones de Caridad de la Fiscalía General del Estado de Nueva York, que se relacione con su elegibilidad para los servicios o participación en los programas, expedida en el curso ordinario de sus actividades, si dicha elegibilidad se estableció antes del 19 de abril de 2021 (1 punto)

• Oferta de empleo por escrito, recibos de nómina o aviso de sueldo de un empleador (1 punto)

Los solicitantes pueden ser elegibles para recibir uno de dos beneficios del EWF, dependiendo de la información y los documentos siguientes. Cada documento tiene un valor en puntos.

 

Para calificar y ser elegible para el monto del primer nivel (1) de $15,600 (menos impuestos), los solicitantes necesitan establecer por lo menos 5 puntos.

 

Para calificar y ser elegible para el monto del segundo nivel (2) de $3,200 (menos impuestos), los solicitantes necesitan establecer por lo menos 3 puntos.

Solicitantes que no entreguen uno de los siguientes documentos con valor de 5 puntos deben entregar por lo menos uno de los documentos con valor de 3 puntos para que se les considere elegibles para el primer nivel (1), por ejemplo, no pueden combinarse cinco documentos con valor de 1 punto para alcanzar el primer nivel (1).

NOTA: Cada solicitante es elegible solamente para un pago de beneficios.

• Comprobante de presentación de una declaración de impuestos del estado de Nueva York, que debe incluir (A) comprobante de presentación de una declaración de impuestos del estado de Nueva York en los años fiscales 2018, 2019 o 2020 al Departamento de Impuestos y Finanzas mediante la entrega de una confirmación electrónica de una declaración electrónica, una "carta de asignación de TF" emitida por el Departamento de Impuestos y Finanzas, o un estado de cuenta bancario que refleje pagos hechos al Departamento de Impuestos y Finanzas o recibidos del mismo; Y (B) comprobante de un número de identificación de contribuyente individual de Estados Unidos (ITIN, por sus siglas en inglés) que sea válido, O una solicitud W-7 de un ITIN con comprobante de su envío o entrega (5 puntos)

• Por lo menos 6 semanas de recibos de nómina en el período de 6 meses previo a la fecha en la que el solicitante certifique que adquirió elegibilidad para los beneficios (5 puntos)

• Por lo menos 6 semanas de estados de cuenta salariales en el período de 6 meses previo a la fecha en la que el solicitante certifique que adquirió elegibilidad para los beneficios (5 puntos)

• Formulario W-2 o 1099 del IRS del año fiscal 2019 o 2020, que muestre sus sueldos o ingresos (5 puntos)

• Aviso de sueldo del empleador en el que se documente su empleo por un período de tiempo incluido en los 6 meses previos a la fecha en la que el solicitante certifique que adquirió elegibilidad para los beneficios (5 puntos)

• Carta de un empleador que muestre las fechas de empleo del solicitante y el motivo por el que perdió ingresos (relacionado con la pandemia) que incluya: (A) la dirección postal del empleador y la dirección del local en el que trabajaba el solicitante en el estado de NY Y (B) el número de cuenta del Seguro de Desempleo del Estado de NY del empleador O su número federal de identificación de empleador (FEIN, por sus siglas en inglés) O información de contacto (incluyendo un número de teléfono) de un representante del empleador que pueda verificar el contenido de la carta (5 puntos)

• Queja presentada ante, y aceptada por, una agencia o un tribunal a nivel local, estatal o federal referente a sueldos debidos por trabajos realizados en el estado de NY por un período mayor a 6 semanas en el período de 6 meses previo a la fecha en la que el solicitante certifique que adquirió elegibilidad para los beneficios (3 puntos)

• Registros de depósitos directos, depósitos o transferencias regulares de un empleador (3 puntos)

• Tarjeta de identificación expedida por el empleador (1 punto)

• Comunicaciones escritas que se relacionen con la entrega de órdenes de trabajo, facturas de trabajo, recibos de ventas o instrucciones de empleadores (1 punto)

• Comunicaciones por escrito, incluyendo mensajes de texto o mensajes o publicaciones en redes sociales, intercambiados por el solicitante y un empleador o parte contratante y en los que se evidencie una relación laboral (1 punto)

• Registros del cobro regular de cheques de nómina o transferencias de fondos por ingresos o ganancias (1 punto)

• Documentos expedidos al solicitante por el empleador del solicitante, en los que aparezcan la dirección postal del empleador, el número de cuenta del Seguro de Desempleo del Estado de NY del empleador o su número federal de identificación de empleador (FEIN), así como información de contacto de un representante del empleador (incluyendo su número de teléfono) (1 punto)

• Recibos o registros que muestren un patrón consecutivo de traslados hacia y desde un lugar de trabajo, como registros de peajes, recibos de estacionamiento o registros de transporte público (1 punto)

• Carta de una organización de caridad registrada con la Fiscalía General del Estado de NY que confirme el historial laboral del solicitante con fundamento en su conocimiento directo de que el solicitante trabajó por el período requerido, adquirido en el transcurso del procedimiento de ingreso, las entrevistas y otros procesos estandarizados relacionados con servicios directos relacionados con el empleo al solicitante antes del 19 de abril de 2021 (1 punto)

NOTA: Los solicitantes deben establecer que trabajaron y recibieron remuneración por lo menos por 15 horas de trabajo a la semana durante un período mayor a 6 semanas en el período de 6 meses previo a la fecha en la que certifiquen que se volvieron elegibles para recibir beneficios. Los solicitantes también deben tener por lo menos 18 años de edad al momento de la solicitud. En el caso de solicitantes que presenten su solicitud debido a la muerte o incapacidad del jefe de familia, la información y los documentos proporcionados como comprobantes de elegibilidad laboral deben reflejar el historial laboral del anterior jefe de familia. Sin embargo, los documentos de identidad y residencia aún deben referirse al solicitante. Además, los solicitantes deben entregar:

• Acta de defunción del anterior jefe de familia, que incluya la fecha de defunción; o

• Comprobante de incapacidad del anterior jefe de familia, que incluya la fecha y naturaleza de su incapacidad. Para ver una lista completa de documentos aceptables, consulte la parte 704.2, sección (e) de la reglamentación, que se encuentra en dol.ny.gov/ewfregs. Página 4 "Jefe de familia" se define como un miembro de su hogar que aportaba por lo menos el 50% de los recursos financieros de su hogar y tenía por lo menos 18 años de edad al momento de fallecer o quedar incapacitado.

Los documentos entregados al Departamento de Trabajo como parte de la solicitud del EWF, incluyendo los documentos de los empleadores, no son registros públicos y se usarán exclusivamente para la administración de los beneficios del EWF. Está estrictamente prohibido divulgar dichos documentos a cualquier otra agencia gubernamental, incluyendo al Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) para fines distintos al procesamiento de la solicitud, excepto cuando el solicitante individual lo autorice explícitamente o cuando exista una obligación legal de hacerlo debido a una orden judicial legal o un mandamiento judicial.

El Departamento de Trabajo empezará a procesar su solicitud. Si necesita información adicional o correcciones, el Departamento de Trabajo le enviará un mensaje de texto o correo electrónico (dependiendo de su método preferido de comunicación) con un enlace que le indicará que inicie sesión en su cuenta para ver detalles. Después de iniciar sesión, siga las instrucciones para ver qué documentos debe corregir o volver a enviar, y por qué. Tendrá 7 días calendario para responder, a partir de la fecha y hora de la notificación por correo electrónico o mensaje de texto. Si no se recibe una respuesta en el plazo especificado, se hará una determinación con base en la información disponible.

 

Los solicitantes deben consultar con frecuencia sus cuentas, mensajes de texto y correos electrónicos para enterarse si hay novedades o peticiones de información adicional. Los mensajes de texto se le enviarán del número (833) 586-1144 (sin costo). Las notificaciones por correo electrónico se le enviarán de la dirección EWF@labor.ny.gov. Los solicitantes también pueden recibir una llamada telefónica de un representante del EWF si se necesita información adicional. En esos casos, solamente le llamaremos del número (877) 393-4697.

 

Después de hacer una determinación, el Departamento de Trabajo le enviará un mensaje de texto o correo electrónico para informarle si su solicitud fue aprobada o denegada.

Los solicitantes aprobados recibirán un pago único en una tarjeta prepagada Visa® enviada por correo a la dirección provista en su solicitud. La tarjeta puede usarse en cajeros automáticos y puede usarse en cualquier establecimiento que acepte tarjetas de débito Visa en EE. UU.

 

A partir de la fecha de la solicitud, los administradores del fondo calculan que la revisión y el procesamiento tardarán aproximadamente de seis a ocho semanas. Si una solicitud está incompleta o requiere información o documentos adicionales, su procesamiento puede llevar más tiempo. Dado que el EWF es un programa nuevo y es difícil estimar los volúmenes, los plazos están sujetos a cambios.

 

La tarjeta Visa prepagada es expedida por MetaBank®, N.A., integrante de FDIC, en los términos de una licencia de Visa U.S.A. Inc. Sin pagos recurrentes. La tarjeta estará vigente durante 12 meses, los fondos no expiran y pueden estar disponibles después de la fecha de vencimiento de la tarjeta, pueden aplicarse cuotas. Se aplican los términos y condiciones de la tarjeta.

Los solicitantes cuya solicitud es denegada, o que no estén de acuerdo con la determinación, tienen derecho a apelar. Recibirá un mensaje de texto o correo electrónico cuando se haga una determinación. Para apelar, inicie sesión en su cuenta de inmediato y siga las instrucciones. Los solicitantes tienen 72 horas para oprimir el botón "Apelar" para iniciar una apelación antes de que la determinación sea definitiva. Después de apelar, se hará una revisión más detallada de su solicitud. Recibirá una notificación en la que se pedirá presentar información o documentos adicionales en un plazo de 7 días calendario de la fecha de la notificación. Si no se recibe una respuesta en el plazo especificado, se hará una determinación con base en la información disponible. Después de que concluya el proceso de revisión, le enviaremos un mensaje de texto o correo electrónico para avisarle si su apelación fue aprobada o denegada. El procesamiento de una apelación puede tomar hasta tres semanas. Puede tomar más tiempo si se necesita información adicional

Después de que la solicitud se active a principios de agosto, se recomienda a los solicitantes que presenten su solicitud lo antes posible. Los fondos para el programa son finitos y se distribuirán a los solicitantes en el orden en que se solicitaron. Las solicitudes se procesarán en el orden en que se reciban. Cuando se asignen todos los fondos de esta cantidad histórica de $2,100 millones, el fondo será disuelto. Se dará aviso a los solicitantes, grupos comunitarios y promotores, y se cerrará el proceso de solicitud.

Solamente debe solicitar beneficios del EWF en el sitio de internet oficial del Departamento de Trabajo, y solamente debe recibir ayuda de organizaciones de confianza.

 

Visite dol.ny.gov/CBOlist para ver una lista completa de las organizaciones de confianza, o llame al 877-EWF-4NYS (877-393-4697) después de que el programa inicie sus actividades para hablar con un agente y encontrar una oficina cerca de usted.

 

800-662-1220 TTY/TTD – Inglés

877-662-4886 TTY/TTD – Español

 

Si una persona u organización trata de cobrarle dinero o le pide su información personal para ayudarle a presentar su solicitud, NO les proporcione nada. Puede denunciar esas actividades presentando una queja a la Fiscalía General de Nueva York (on.ny.gov/agfraud) o llamando a la línea de ayuda de la Fiscalía General al (800) 771-7755. Para las personas con problemas auditivos: TDD (800) 788-9898.

 

Recibirá una comunicación del Departamento de Trabajo solamente si se suscribió para recibir noticias del EWF o solicita beneficios del EWF. Un correo electrónico o mensaje de texto le informará que su solicitud está siendo procesada.

 

Desconfíe de las comunicaciones que no provengan del Departamento de Trabajo.

Hacer declaraciones falsas o presentar documentos falsos de manera deliberada puede tener consecuencias graves. Alguien que cometa este tipo de fraude puede ser condenado de un delito grave de Clase E, además de tener que devolver todo el dinero recibido.

 

Para ver más información sobre el Fondo para Trabajadores Excluidos, visite dol.ny.gov/EWF.

La Comision de Oportunidad Economica del condado de Nassau (EOC of Nassau County, Inc.) esta a sus ordenes para brindarle la ayuda que necesita y llenar la aplicacion una sola vez, correctamente y le ayudara a protejer sus documentos. Llamenos al (516) 292-9710 y haga una cita con uno de nuestros expertos. Le ayudaremos para asegurarle de que todos sus requisitos esten al dia antes de llenar una aplicacion.

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